Uso de Salas

Solicitud de Sala

Quienes deseen realizar una actividad y/o espectáculo en las instalaciones del teatro deberán completar el Formulario de Solicitud de Sala y el Formulario de Requerimientos Técnicos, y presentarlo en las oficinas administrativas de Zuviría 70.

Revisión: 1 septiembre 2024
Revisión: 1 septiembre 2024

Tabla de contenidos

Reglamento de Uso de Salas

Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de las condiciones de uso de las salas del Teatro Provincial Juan Carlos Saravia (en adelante «EL TEATRO»), sito en la calle Zuviría Nº 70 de la Ciudad de Salta, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta (en adelante «LA SECRETARÍA»).

Servicios

EL TEATRO provee los siguientes servicios:

  1. Equipo Técnico de Iluminación completo según según Rider del Teatro.
  2. Equipo Técnico de Sonido completo según según Rider del Teatro.
  3. Personal Técnico capacitado: Jefa de Escenario y Salas, Supervisor Técnico, operadores capacitados de equipos técnicos de iluminación, sonido y maquinistas.
  4. Servicio de boletería computarizado completo: Incluye personal de boletería y emisión de tickets mediante el sistema de ticketera con la marca SALTA TICKET, cuyo costo fijará el SAF de la Secretaría de cultura por ticket emitido y se recargará al valor de venta. Los días y horarios de atención al público son: de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 y de 16:30 a 21:00 hs. (o hasta el horario de inicio de la función). Los días sábados, domingos y feriados el horario de atención estará sujeto a la programación.
  5. Servicio de limpieza completo: Incluye personal de refuerzo para cada función, e insumos y reposiciones de artículos de higiene y sanitarios.
  6. Aire acondicionado / calefacción: Acorde al número de espectadores y a la época del año.
  7. Cinco Camarines completos: Baños privados, duchas, espejos, percheros, mobiliario adecuado, dispenser de agua fría/caliente, televisión por cable y frigobar.
  8. Prensa y Difusión: Publicación de partes de prensa a través de la página de EL TEATRO (www.teatroprovincial.gob.ar) y las redes sociales de dicho organismo. El material deberá ser provisto por el productor del espectáculo (en adelante “LA PRODUCCIÓN”) en soporte digital vía correo electrónico. EL TEATRO no se hace responsable de la publicación de los artículos por parte de los medios de comunicación, como tampoco ofrece servicio de publicidad paga en ningún medio de comunicación gráfico, televisivo, radial o electrónico.
  9. Servicio de Asistencia de Emergencias Médicas: “Paramedic”.
  10. Servicio de Vigilancia y Seguridad: Se proveerá este servicio por medio de un (1) vigilante. En caso que se requiera más personal de vigilancia, los mismos serán contratados por la Dirección General del Teatro Provincial (en adelante “LA DIRECCIÓN”), a criterio y cargo de la misma.
  11. Seguro: Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
  12. A los efectos de acomodar al público asistente, LA PRODUCCIÓN de cada actividad deberá contratar el servicio de Personal de Acomodadores/as por su cuenta y a su exclusivo cargo, previendo el personal suficiente (según las características del programa a realizarse y de los sectores a cubrir), no generando ningún tipo de vínculo o relación con EL TEATRO, el cual no será responsable por los eventuales incumplimientos de las obligaciones legales o contractuales asumidas por LA PRODUCCIÓN.

Capacidad de las Salas

Sala Mayor

Posee una capacidad total de 1.520 (mil quinientas veinte) butacas, de las cuales son: Plateas: 709 (setecientos nueve); Palcos: 146 (ciento cuarenta y seis); Pullman: 325 (trescientos veinticinco) y Súper Pullman: 340 (trescientos cuarenta).

La cantidad de asistentes no podrá exceder el número de estas localidades. No se permitirá la presencia de personas que permanezcan de pie en los pasillos, vías de acceso, salidas generales y/o de emergencia que no cumplan una tarea relacionada a la actividad.

Los asientos ubicados en el sector de Palcos identificados como Butacas 1, 2, 3 y 4 de Filas 1 y 2 constituyen el Palco Oficial y se encuentran reservadas en forma exclusiva para las autoridades del Gobierno de la Provincia de Salta. Las mismas no se encuentran disponibles para la venta y LA PRODUCCIÓN de cualquier evento (público o privado) deberán permitir el ingreso de las autoridades. Del mismo modo queda reservado como ESPOLEO DE SALA las butacas del sector Platea de la Fila 7 (1 a 14), de la Fila 10 (14 a 29) y de la Fila 12 (1 a 8). LA PRODUCCION dispondrá asimismo entradas sin cargo, con el tope máximo de las otorgadas para EL TEATRO y su ubicación será de acuerdo a las disponibilidades del momento (las mismas no podrán ser utilizadas para publicidad, promociones, sorteos, entre otros).

Salón Victoria

Posee una capacidad máxima de 85 (ochenta y cinco) sillas. La capacidad de la sala es variable, dependiendo del dispositivo escénico y/o actividad cultural. Dicha sala no cuenta con elementos de sonido, iluminación teatral, tarimas, personal técnico, ni proyector de imágenes.

Contratación de Uso de Sala

Solicitudes

Los interesados deberán solicitar la Sala mediante nota dirigida al Director General del Teatro Provincial Juan Carlos Saravia, con indicación de los datos personales del solicitante, (D.N.I., dirección, teléfono, correo electrónico, comprobante de Nº de CBU – Banco, comprobante Nº de CUIL, constancia de inscripción como beneficiario o Proveedor del Estado ante la Unidad Central de Contrataciones), mencionando la Sala, fecha y horario requerido. La misma será recibida y registrada en el sector de «Mesa de Entrada», donde se le asignará el número de expediente correspondiente.

LA DIRECCIÓN procederá a corroborar si la fecha solicitada se encuentra disponible. La respuesta será comunicada vía mail al solicitante. En caso de que se autorice el uso de la Sala requerida, el interesado deberá completar la Planilla de Solicitud de Sala, pagar la seña correspondiente y suscribir el Contrato de Uso de Sala. Asimismo, el solicitante deberá hacer sellar dicho contrato en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta, asumiendo los gastos del mismo.

Autorizaciones Municipales

La colocación de anuncios publicitarios debe realizarse de conformidad con las disposiciones de la Ordenanza Nº 13.777 de la Municipalidad de la Ciudad de Salta. En caso de incurrir en faltas o multas por la colocación de los mismos, y/o cualquier otro tipo de acción publicitaria, el pago de las mismas correrá por EXCLUSIVA cuenta de LA PRODUCCIÓN.

Confirmación de reserva

Para poder confirmar la reserva para utilización de los espacios, el solicitante deberá realizar el pago de una seña correspondiente al 25% del valor del seguro de sala mediante un depósito bancario dentro de las 96 horas de haberse comunicado y aceptado la misma, por el monto estipulado en cuadro de precios adjunto, en la cuenta de LA SECRETARÍA – Banco Macro Nº 3-100-0941994302-9, debiendo adjuntar copia de la boleta de depósito en LA DIRECCIÓN. En caso de no recibir confirmación mediante el pago de la reserva de fecha, la misma podrá ser cancelada.

Penalidades

Si luego de haber efectuado el depósito correspondiente a la reserva el solicitante decidiera suspender la función, el monto de la misma será retenido por LA SECRETARÍA.

Si el solicitante decide pasar la función a otra fecha, LA SECRETARÍA retendrá el 100% (cien por ciento) del depósito efectuado como penalidad, debiendo abonar nuevamente la seña.

En caso de suspensión del evento, LA PRODUCCIÓN será responsable del pago en concepto de service charge por las entradas vendidas y los costos financieros por venta de entradas con tarjetas de crédito y/o débito. Si el comprador de la entrada no solicita la devolución del dinero por la compra de la entrada, quedara a favor de EL TEATRO.

Cuando se comprobaren transgresiones en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del solicitante, LA SECRETARÍA aplicará –según la gravedad de las mismas–, las penalidades previstas en el art. 48 del Decreto Reglamentario Nº 1.448/96 de la Ley 6.838: 1.- Apercibimiento; 2.- Suspensión; 3.- Inhabilitación.

Cancelación

LA SECRETARÍA se reserva el derecho de cancelar el uso de la sala por razones de caso fortuito o fuerza mayor, y expresa disposición de las autoridades superiores de LA SECRETARÍA o el Instituto de Música y Danza, con una anticipación no menor de diez (10) días corridos a la fecha fijada para el evento, sin derecho para LA PRODUCCIÓN de formular ningún tipo de reclamo por cualquier concepto. En cuyo caso se procederá a mantener la reserva acordando una nueva fecha o a su reintegro según corresponda.

Requerimientos extraordinarios

En caso de requerirse equipamiento, personal u otras necesidades que no estén especificadas en los formularios antes mencionados, las mismas correrán por cuenta de LA PRODUCCIÓN, previa autorización expresa de LA DIRECCIÓN, debiendo LA PRODUCCIÓN, presentar los seguros correspondientes ya detallados.

Derechos de Autor, Tributos, Retenciones

De acuerdo al Régimen General de la Ley N° 11.723, LA DIRECCIÓN es agente de retención de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (S.A.D.A.I.C.), de la Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES), y de la Asociación Argentina de Intérpretes y Cámara Argentina de Productores e Industriales de Fonogramas (AADI-CAPIF). Por tal motivo los pagos de Derechos de Autor son previos y los comprobantes deberán ser presentados en LA DIRECCIÓN antes del uso de las instalaciones. Caso contrario, los importes correspondientes se retendrán de la recaudación bruta de acuerdo a lo establecido por cada una de las mencionadas Entidades y según corresponda.

El solicitante abonará el impuesto de sellos que le corresponda por la celebración y formalización del contrato de uso de Sala, como así también todos los tributos que pudieran corresponder con motivo de la realización del espectáculo organizado, previstas en normativas nacionales, provinciales o municipales. En aquellos casos en los que EL TEATRO resulte responsable solidario por el pago de tales tributos, LA DIRECCIÓN podrá retener el importe correspondiente a los mismos de la recaudación por venta de entradas.

Precios por Uso de Sala

Sala Mayor

Armado Completo

Para el caso de utilización de la Sala Mayor con opción de armado completo (709 localidades en Plateas – 146 localidades en Palcos, 325 localidades en Pulman y 340 en Superpullman).

Utilización de SALA COMPLETA A PORCENTAJE CON SEGURO MINIMO:  con o sin venta de Entradas en el Teatro Provincial (entrada libre, gratuita o invitación o venta por un sistema ajeno a www.saltaticket.gob.ar), asegurándose para LA DIRECCIÓN un valor mínimo de $840.000 (Pesos Ochocientos Cuarenta Mil).

Armado Parcial

Para el caso de utilización de la Sala Mayor con opción de armado parcial de 855 localidades (709 localidades en Plateas – 146 localidades en Palcos).

Utilización de PARCIAL DE SALA A PORCENTAJE CON SEGURO MINIMO: con o sin venta de Entradas en el Teatro (entrada libre, gratuita o invitación o venta por un sistema ajeno a www.saltaticket.gob.ar), asegurándose para LA DIRECCIÓN un valor mínimo de $620.000 (Pesos Seiscientos Veinte Mil). En caso de que el espectáculo lo requiriese, LA PRODUCCIÓN podrá solicitar una adenda de contrato y pagar la totalidad de la sala, atento a las especificaciones detalladas para tal modalidad.

Aranceles Diferenciados

destinados a actividades que superen el tiempo establecido para funciones regulares. En tal sentido se establecen dos modalidades:

  1. Jornada Completa por un valor de $2.000.000 (Pesos Dos Millones) con 10 horas máximo.
  2. Media Jornada por un valor de $1.200.000 (Pesos Un Millón Doscientos Mil) con 6 horas máximo.

En ambos casos LA PRODUCCION deberá presentar el programa completo de la actividad a los efectos de ser autorizados por LA DIRECCION.

Para las dos modalidades (Jornada Completa y Media Jornada), sólo se permitirá la realización de una función dentro de los horarios establecidos. En caso de establecer un precio extra para la misma, se liquidará de acuerdo al bordereaux correspondiente.

En todos casos se cobrará la Sala en base a un porcentaje de la recaudación por venta de entradas, debiendo canalizarse la venta de las mismas mediante EL TEATRO o por ticketera habilitada. El importe neto de la recaudación (previo pago correspondiente a www.saltaticket.gob.ar o ticketera externa y de las retenciones pertinentes, en caso de corresponder) será distribuido según los siguientes porcentajes: 90% para LA PRODUCCIÓN y 10% para LA DIRECCIÓN. El precio de las localidades fijados por LA PRODUCCIÓN, quedarán establecidos en planilla adjunta al contrato de Uso de sala

En caso de realizarse una segunda función se abonará de acuerdo a lo establecido en precios por Uso de Sala y deberá ser plasmado en un nuevo contrato y un nuevo Bordereaux.

El mencionado porcentaje será rendido a LA PRODUCCIÓN mediante recibo de Bordereaux y el monto que le correspondiere se transferirá a la cuenta de CBU brindado con anterioridad.

En el caso de venta de entradas en el TEATRO la misma se canalizará mediante el sistema de ticketera oficial con la marca www.saltaticket.gob.ar, cuyo costo de servicio será fijado por el SAF de la Secretaría de Cultura, y se cobrará por ticket emitido. Este sistema ofrece la posibilidad de venta en boleterías del TEATRO, y por vía web a través de www.saltaticket.gob.ar

En los casos de venta por ticketera externa LA PRODUCCIÓN deberá presentar el reporte final de ventas de las entradas y los comprobantes de pagos de aranceles pertinentes en un plazo de 72 horas de finalizada la función. Asimismo, deberá proveer a LA DIRECCIÓN, el usuario y clave de ingreso para el seguimiento de las ventas correspondientes.

No se contempla bajo ninguna circunstancia la venta de entradas por sistema independiente no habilitado con número de comercio o AFIP.

Para las actividades que no presentan venta de entradas, se abonará la sala de acuerdo al valor del seguro mínimo según corresponda de acuerdo a las modalidades fijadas.

Antes del inicio de la Venta de Entradas es requisito obligatorio presentar ante LA DIRECCIÓN:

  • Comprobante de seña por la Reserva por el uso de la Sala.
  • Contrato firmado y sellado.
  • Planilla de uso de Sala completa.
  • Seguro de artistas, técnicos y personal de LA PRODUCCIÓN

Sin perjuicio de los valores establecidos en los apartados precedentes, sobre criterios de oportunidad, mérito o conveniencia, LA SUSECRETARÍA DE GESTION CULTURAL podrá disponer la modificación del arancel general previsto, inclusive su eximición en una función o actividad específica. Asimismo, las actualizaciones de precios serán de acuerdo al indicie inflacionario imperante durante la temporada.

Sala Victoria

Para el caso de utilización de la Sala Victoria, será de $22.000 (Pesos Ventidos Mil) por actividad.

LA PRODUCCIÓN deberá abonar, ante el Servicio de Administración Financiero-Contable de la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta, dicho monto, debiendo presentar 48 hs. previas al inicio del evento el recibo de pago ante LA DIRECCIÓN, como así también, respetar las consideraciones estipuladas para las demás salas.

Asimismo, LA PROUCCIÓN deberá presentar ante LA DIRECCIÓN el recibo de pago correspondiente a Derechos de Autor y demás gabelas, si correspondiese, previo al inicio del evento.

Ensayos

LA DIRECCIÓN podrá autorizar, a su exclusivo criterio, la utilización de espacios para la realización de ensayos de los espectáculos, teniendo en cuenta el cronograma de las salas correspondientes y dependiendo de su disponibilidad. Los ensayos no cuentan con personal ni equipamiento técnico de EL TEATRO, solamente se podrá utilizar el espacio del escenario con la correspondiente luz de ensayos. En caso de que LA PRODUCCIÓN solicitara realizar el/los ensayos con el despliegue técnico completo y el personal a cargo, se podrá disponer del pago de un arancel adicional correspondiente al 70% (setenta por ciento) del valor mínimo estipulado como costo de la sala.  En todos los casos LA PRODUCCIÓN deberá presentar ante LA DIRECCION el seguro correspondiente del personal que participará del ensayo.

Durante los ensayos, puesta en escena y otras actividades relacionadas con el montaje de cada uno de los espectáculos, sólo podrán permanecer en el escenario aquellas personas responsables y necesarias al desenvolvimiento de la acción, prohibiendo el uso de los sectores de butacas (Platea, Palcos, Pullman y Súper Pullman).

Horarios

Se deberá respetar el horario declarado en la planilla de solicitud de sala, tanto para el inicio como la finalización de las funciones, teniendo en cuenta que es política de EL TEATRO el inicio en horario de la actividad programada.

Los espectáculos tendrán una duración máxima de dos horas y media. En el caso de existir intervalos, los mismos tendrán una duración máxima de quince minutos. Si el espectáculo se extendiera más allá del límite determinado, LA PRODUCCIÓN deberá abonar el valor correspondiente al 50 % del establecido para la sala hasta dentro de una hora de exceso, caso contrario deberá pagar el valor de una nueva sala.

Montaje y desmontaje

Una vez establecida la fecha de actividad, se deberá acordar con la Jefa de Escenario y Salas, el tiempo de montaje previo, ensayo, pruebas de luz y sonido, desmontaje y traslado final de elementos utilizados en dicha actividad.

Una vez finalizada la función, LA PRODUCCIÓN se obliga a devolver la sala, en idéntico estado en que fuera recibida, estando a su exclusivo cargo todo deterioro que se causare por cualquier motivo en la Sala, escenario, camarines, baños, etc. Deberá retirar todos los elementos de su propiedad hasta veinticuatro (24) horas de finalizado el evento, caso contrario abonará en concepto de multa el importe equivalente a 5 plateas de su evento por cada 24 hs. de retraso en el retiro de los mencionados elementos.

LA DIRECCIÓN no se responsabiliza por los daños, pérdidas o deterioro de los elementos que no pertenezcan a EL TEATRO y que permanezcan en el mismo una vez concluida la función.

Prohibiciones

Queda prohibido a los solicitantes y al público en general:

  • Exhibir ningún tipo de publicidad sin autorización expresa de LA DIRECCIÓN, sea en el interior o exterior de las Salas.
  • Intercambiar fechas con otros solicitantes o cederlas a terceros.
  • Retirar entradas por boletería en carácter de invitaciones, salvo expresa autorización de la Dirección General del Teatro.
  • Fumar en el ámbito de EL TEATRO, en virtud de lo dispuesto por Ordenanza Municipal Nº 13.954 y la Ley Provincial Nº 6720.
  • Consumir alimentos y bebidas en las salas y escenarios tanto en ensayos como en funciones.
  • Tomar fotografías con flash o el uso de dispositivos filmadores, salvo autorización expresa de LA DIRECCIÓN.
  • Utilizar elementos pirotécnicos o fuego en los espectáculos (Ordenanza Municipal Nº 11666).
  • El ingreso de personas en estado de embriaguez y/o bajo los efectos de cualquier tipo de sustancia estupefaciente, aunque presenten el ticket correspondiente al evento.

Caso fortuito

LA SECRETARÍA no se hace responsable por fallas de último momento, o desperfectos técnicos, inundaciones, o cortes de luz, no imputables a las partes, o cualquier supuesto de caso fortuito o fuerza mayor que motivara la suspensión total o parcial de la actividad del solicitante.

Responsabilidad del solicitante

LA PRODUCCIÓN es responsable de tener a todo su personal asegurado contra accidentes personales o de trabajo que se puedan efectuar durante la permanencia en las instalaciones de EL TEATRO, debiendo presentar la debida documentación ante LA DIRECCIÓN, pudiendo en caso contrario disponer la suspensión del espectáculo.

LA SECRETARÍA no se responsabiliza por los daños, pérdidas o deterioro de los elementos que LA PRODUCCIÓN ingrese al Teatro.

LA PRODUCCIÓN es responsable por los daños de cualquier tipo que ocasionare su personal o terceros participantes de sus actividades, a los bienes muebles, instalaciones y edificio de EL TEATRO.

Cualquier situación no establecida en el Reglamento enunciado, será resuelta por LA DIRECCION.

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